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jueves, 7 de octubre de 2010

CONSIGA CLIENTES CON MENOS PRESUPUESTO Y PUBLICIDAD

Alternativa. Busque socios estratégicos con quienes pueda trabajar

Actualmente es difícil asumir costos y riesgos de actividad empresarial

Formalizar alianzas puede significarle grandes beneficios

En la actualidad, para conseguir nuevos clientes y vender más, prácticamente todo el mundo cree que es necesario gastar grandes sumas de dinero con tal de batir a la competencia, lo que sin duda conduce al empresario a pensar en terminar con todos sus competidores, aplastarlos, anticiparse a ellos, mantener una posición ventajosa sobre quien represente algún tipo de amenaza comercial para obtener más beneficios.

Claro está que esta forma de pensar no hace más que reforzar la creencia de que todo aquello que le sirva para ser más fuerte que sus competidores vale la pena.
A todo esto, ¿usted qué piensa al respecto? ¿Cree que realmente esa es la mejor manera de conseguir nuevos clientes y de vender más? ¿Es la única forma de hacerlo?
Existe otra forma totalmente distinta y, a la vez, poderosamente efectiva. Esta ya no se basa en términos de competencia, sino en su aparente opuesto: la cooperación.

En una economía como la actual resulta difícil asumir los costos y riesgos de su actividad, especialmente lo relacionado con el tema de publicidad, que como finalidad suele tener el hecho de conseguir nuevos clientes e incrementar las ventas de su empresa.

Y es justamente ahí donde usted puede poner en práctica la cooperación. Cooperar con otras empresas le permitirá sumar recursos, compartir clientes, dispensar los costos de la publicidad y el marketing; y todo ello haciéndolo de tal manera que todas las partes ganen.

Alianza
Esta forma de relacionarse con otras empresas es lo que se denomina alianzas estratégicas. Formalizar alianzas con otras empresas que ofrezcan productos o servicios complementarios a los suyos puede significarle grandes beneficios.
Imagínese lo maravilloso que resultaría acceder de forma casi inmediata a varios cientos o miles de nuevos clientes de otra empresa.

Pues bien, eso es posible si está dispuesto a hacer uso de un enfoque colaborativo y todo ello sin que las partes interesadas pierdan o comprometan su condición de empresas perfectamente diferenciadas.
Una alianza estratégica puede ser algo tan sencillo como un conjunto de acciones limitadas en el tiempo o bien puede ser algo tan complejo que exija un alto grado de compromiso por parte de los interesados. Sea cual sea la forma elegida, está claro que una buena alianza estratégica podrá aportar beneficios a ambas partes.

Pero eso sí, sea cual sea la empresa que usted seleccione, es recomendable sellar su acuerdo con quien pueda sentirse orgulloso de colaborar, porque si usted lo hace con un profesional o empresa de dudosa reputación, tarde o temprano esas dudas caerán sobre usted y su empresa.

Acciones
1 Tome nota de aquellos profesionales, empresas o compañías que puedan encajar perfectamente con los productos o servicios que usted comercialice.

2 Diseñe formas creativas de combinar sus servicios/ productos con los de la otra parte y, acto seguido, levante el teléfono y llámeles para concertar una entrevista con la finalidad de exponer y planificar su estrategia.

3 Estas recomendaciones le permitirán ahorrarse grandes sumas de dinero en publicidad, ya que su futuro socio podría proporcionarla totalmente gratis y, a su vez, usted podría devolverle el mismo favor.

miércoles, 6 de octubre de 2010

BLOG EMPRESARIAL

BLOG EMPRESARIAL

PROTECCION ECOLOGICA


Conviene. Mejorar su tratamiento en la legislacion

Urge perfeccionar los tipos penales contra el medio ambiente

Algunas sugerencias en función del derecho comparado

Objetivo. Conseguir la sostenibilidad del medio ambiente.

La riqueza natural y biológica del Perú que internacionalmente lo convierte en uno de los países mega diversos del mundo también lo hace vulnerable ante el cambio climático. Países hermanos toman medidas en pro del medio ambiente. México impone multas a los establecimientos comerciales que usan bolsas de plástico. Brasil promueve el uso de las “bolsas verdes”, provenientes del etanol de la caña de azúcar. Paraguay reglamenta lo concerniente a la comercialización de pilas y baterías. Colombia lanza un programa de sustitución de bombillas incandescentes por dispositivos ahorradores.

Resulta así relevante la promulgación del decreto supremo que aprueba el Reglamento de la calidad del agua para el consumo humano, norma orientada a promover la salud y el bienestar de los peruanos. También anotamos el objetivo lanzado, hace poco, de alcanzar la deforestación cero en el año 2021.

Sin embargo, apreciamos que subsiste, todavía, cierto grado relevante de incomprensión, respecto a la gravedad del tema. Quizá por considerar la grandeza de nuestro país, se pasa por alto que muchos de sus recursos no son renovables y que tenemos que entregar un país viable a las futuras generaciones de peruanos.

Ecología como preocupación
Ante esa situación se debe necesariamente revisar las agresiones que afectan a la conservación y la sostenibilidad de los recursos naturales, la bio diversidad y el medio ambiente en general y que, por tanto, requieren protección penal, por ser insuficientes las sanciones administrativas, y encontrarse en juego la seguridad, la economía y hasta la misma supervivencia del hábitat y las personas.

Estamos hablando de todo cuanto nos rodea y permite nuestra vida:”"El ambiente se define como el sistema global constituido por elementos naturales y artificiales de naturaleza física, química, biológica, sociocultural y de las interrelaciones entre ellos. Es un sistema-sustrato en permanente modificación por la acción humana o natural y que, como tal, rige y condiciona toda la existencia y desarrollo de la vida"[1]
Ha transcurrido mucho tiempo y surge la urgencia de proteger nuevos bienes y situaciones que los estudios ecológicos señalan como necesarios.

Sugerencias
Amén de las denuncias sobre contaminación de ríos y lagunas, lo cual se requiere comprobar, una opción sería dar presupuesto al Ministerio Público para formar elementos técnicos en el interior del mismo que puedan verificar tales denuncias.

La sanción penal debe elevarse razonablemente, en relación con los funcionarios públicos que asumen complicidad en delitos contra la ecología, traicionando así las altas responsabilidades de que son portadores.

Quizá cabe, como en España, considerar la comisión de este tipo de delitos, mediante actos de omisión. Ello nos llevaría a considerar, por ejemplo, la protección del suelo agrícola, que todo país en desarrollo debe preservar.

Ello supone además, poner límites a los intereses económicos de los promotores inmobiliarios.

Función del derecho penal
Si bien es cierto que el derecho penal es la última forma de control social a la que debe apelarse, también es verdad que en todo el mundo se acrecienta la protección penal ecológica, sea generando nuevas figuras típicas o elevando las penas de los delitos y siendo rigurosos en el procesamiento y sanción de los mismos.

Por ejemplo en Europa, se aprecia una constante y seria preocupación por los denominados: “delitos graves contra el medio ambiente”, concebidos como actos que suponen un deterioro sustancial o significan un peligro manifiesto de deterioro sustancial del medio ambiente.
Entre los delitos que preocupan en el Viejo Continente, se consideran: la contaminación atmosférica, del agua, del suelo y del subsuelo; el almacenamiento o la eliminación de residuos o sustancias similares; así como la exportación ilícita de desechos peligrosos procedentes de las industrias electrónicas. Paulatinamente, tales temas constituyen preocupación de la Comisión de las Comunidades Europeas.

Además de instar a la cooperación mutua, dentro de tal asunto, parte importante de las actividades de vanguardia la constituyen la especialización de la policía así como propiciar que el derecho penal, castigue con sanciones eficaces, proporcionadas y disuasorias, los delitos graves que se cometen contra el medio ambiente, tratando también de facilitar la extradición de los autores.

Actuación fiscal

1 La persecución de los delitos contra la ecología en nuestro país requiere una política criminal que podría desarrollarse como responsabilidad del Ministerio Público y de la Policía Nacional.

2 La Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, supedita la formalización de la denuncia penal a la opinión previa de la entidades públicas sectoriales, las que deben presentar un informe fundamentado de si se ha infringido o no, la legislación ambiental.

3 Esto debe esclarecerse porque se extrae la capacidad de calificar la existencia del delito por los fiscales para dársela a ciertos funcionarios, sosteniéndose que si hubiera discrepancia entre las entidades sectoriales, el Consejo General del Ambiente emitirá la opinión dirimente.

4 Además, existe confusión, pues se dice que el fiscal debe evaluar los informes de las entidades sectoriales, lo que razonablemente deja la posibilidad de que el fiscal no siga, necesariamente, lo que diga el informe.

Coyuntura peruana
El ilícito que constituye la contaminación del medio ambiente, mediante la emisión de residuos sólidos, líquidos o gaseosos, vertidos por encima de los límites establecidos y que causan perjuicios, no está mereciendo entre nosotros la atención que debiera.
Ello porque el objetivo económico que se persigue, no implica analizar ningún cálculo económico desfavorable, como sería enfrentar un proceso penal y una sanción grave.

En otros países, por el contrario, la norma se ha ampliado, para comprender los aterramientos de zonas húmedas, el desembalse de pantanos, las extracciones ilegales de agua, de áridos y las radiaciones, excavaciones, ruidos, vibraciones, inyecciones y depósitos así como las actividades mineras atentatorias contra el medio ambiente.

ASPECTOS A TENER EN CUENTA EN LAS RENTAS DE CUARTA CATEGORIA

  1. ¿Qué tipos de Rentas califican como Rentas de Cuarta Categoría?
    De lo normado por el Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta aprobado por el Decreto Supremo Nº 179-2004-EF (08.12.2004), se consideran como rentas de cuarta categoría a las obtenidas por una persona natural, quien debe ejercer su actividad en forma individual, las cuales son las siguientes:
    a) El ejercicio individual de cualquier profesión, arte, ciencia u oficio o actividades no incluidas expresamente en las rentas de tercera categoría.

    b) El desempeño de funciones de director de empresas, síndico, mandatario, gestor de negocios, albacea y actividades similares, incluyendo el desempeño de las funciones del regidor municipal o consejero regional, por las cuales perciba dietas.
  2. ¿Qué comprobantes de pago debe emitir el perceptor de rentas de cuarta categoría?
    El comprobante de pago que debe emitir el perceptor de rentas de cuarta categoría es el Recibo por Honorarios, el cual puede ser utilizado para sustentar gasto o costo para efecto del Impuesto a la Renta.

    El perceptor de rentas de cuarta categoría, una vez inscrito en el RUC, debe solicitar la impresión de sus Recibos por Honorarios en una imprenta autorizada, teniendo la obligación de emitir y entregar el Recibo por Honorario por los servicios que preste.

    Por el desempeño de funciones de director de empresas, síndico, mandatario, gestor de negocios, albaceas y actividades similares, incluyendo las funciones de regidor municipal o consejero regional, por las cuales percibe dietas, el perceptor de la renta no se encuentra obligado a emitir Recibos por Honorarios.
  3. ¿Es obligatorio emitir el Recibo por Honorarios Electrónico?
    No, el contribuyente puede optar por la emisión electrónica de recibos por honorarios electrónicos.

    Se debe tener en cuenta que el contribuyente de rentas de 4ª categoría que se afilie al Sistema de Emisión Electrónica además de emitir sus comprobantes de pago electrónicamente podrá continuar emitiendo los recibos por honorarios en formato físico (pre-impreso).
  4. ¿Cuáles son los pasos a seguir para emitir un Recibo por Honorario Electrónico?
    La afiliación al Sistema de Emisión Electrónica es de caracter opcional y podrá ser realizada por el perceptor de rentas de 4ta categoría que cuenten con Código de Usuario y Clave SOL. Los pasos a seguir son los siguientes:

    1. Ingrese con su Clave SOL a SUNAT Operaciones en Línea en SUNAT Virtual (www.sunat.gob.pe) y seleccione la opción Sistema de Emisión Electrónica – SEE.

    2. A continuación, haga clic sobre la opción: Emisión de Recibo por Honorarios Electrónico.

    3. Luego deberá registrar la siguiente información:
    . Número de RUC de su cliente o usuario del servicio, siempre que se requiera sustentar gasto o costo para efecto tributario. El sistema al reconocer el número de RUC automáticamente consignará los datos de identificación de su cliente o usuario de acuerdo a la información registrada en nuestros sistemas.Cuando su cliente o usuario no le proporcione su número de RUC y siempre que no requiera sustentar gasto o costo para efecto tributario, podrá registrar otro tipo de documento de identificación como:

    a) Documento Nacional de Identidad (DNI)
    b) Carné de Extranjería.
    c) Pasaporte
    d) Cédula Diplomática de Identidad.

    • Descripción o tipo del servicio prestado.

    • Tipo de renta que percibe por el servicio prestado. (ver base legal: Incisos a) y b) del artículo 33º de la Ley del Impuesto a la Renta).

    • Si está o no afecto a la Retención del Impuesto a la Renta de Cuarta Categoría.

    • Tipo de moneda y monto de los honorarios. Recuerde que si el servicio lo presta a título gratuito, deberá indicar tal circunstancia, así como el tipo de moneda y el monto de los honorarios que le hubieran correspondido.

    Para poder emitir el Recibo por Honorarios electrónicos se debe registrar la información antes señalada.
  5. ¿En qué casos procede efectuar la Retención del 10% por las rentas de cuarta categoría?
    Cuando el perceptor de rentas de cuarta categoría emite su Recibo por Honorarios, las personas, empresas y entidades obligadas a llevar contabilidad comprendidas en el Régimen General del Impuesto a la Renta, deberán retenerle con carácter de pago a cuenta del Impuesto a la Renta, el 10% de las rentas brutas que abonen o acrediten. La retención es aplicable cuando el monto del Recibo por Honorarios sea superior a S/.1 500.

    El perceptor de rentas de cuarta categoría aplicará las retenciones que le hubieran efectuado al momento de realizar su pago a cuenta mensual, utilizando el PDT – Formulario Virtual Nº 616.
  6. ¿Con qué PDT se debe abonar las retenciones efectuadas a los perceptores de rentas de cuarta categoría?
    Cuando se efectúe retenciones por rentas de cuarta categoría, el Agente de Retención deberá abonar al fisco los montos retenidos utilizando el PDT – Formulario Virtual Nº 601 – Planilla Electrónica, en los plazos previstos para las obligaciones de periodicidad mensual.

    La última versión del PDT Nº 601 es la 1,6, aprobada por Resolución de Superintendencia Nº 175-2010/SUNAT (26.05.2010), teniendo vigencia su uso a partir del 31 de mayo del 2010. Dicha versión también podrá ser utilizada por quienes se encuentren omisos a la presentación del PDT Nº 601 por los períodos de Enero 2008 a Abril 2010, o deseen rectificar la información correspondiente a tales períodos.
  7. ¿Cuándo se está obligado a efectuar los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta de cuarta categoría?
    Los perceptores de rentas de cuarta categoría deberán efectuar los pagos a cuenta mensuales, que determinarán aplicando la tasa del 10% sobre los ingresos mensuales obtenidos, cuando sus ingresos percibidos en el mes superen la suma de S/.2 625. Al pago a cuenta determinado se le deberá deducir las retenciones que le hubieran aplicado en dicho mes.

    Estarán obligados a presentar el PDT – Formulario Virtual Nº 616, cuando las retenciones no cubrieran la totalidad del pago cuenta.
  8. ¿Que se entiende por Suspensión de Retenciones y/o Pago a Cuenta?
    Es un beneficio que tienen los perceptores de Rentas de Cuarta Categoría, al cual pueden acogerse desde el mes de Enero, siempre y cuando se cumpla con alguno de los supuestos que mediante la Resolución de Superintendencia Nº 013-2007/SUNAT (15.01.2007) se han establecido.
  9. Un perceptor de rentas de Cuarta Categoría ha percibido dichas rentas antes de noviembre del Ejercicio 2009 ¿en qué casos puede solicitar la suspensión de los pagos a cuenta y/o de las retenciones?
    Se podrá solicitar la suspensión:

    a. Cuando los ingresos proyectados no superen el monto de S/.31 500.

    b. Tratándose de directores de empresas, síndicos, mandatarios, gestores de negocios, albaceas o similares, cuando los ingresos proyectados no superen el monto de S/.25 200.

    c. Para las solicitudes que se presenten entre los meses de enero y junio, cuando el 10% del promedio mensual de los ingresos proyectados por las rentas de cuarta categoría multiplicado por el número de meses transcurridos desde el inicio del ejercicio hasta el mes de la presentación de la Solicitud inclusive, sea igual o superior al impuesto a la renta que corresponda pagar de acuerdo a los ingresos proyectados.

    d. Para las solicitudes que se presenten entre julio y diciembre, cuando el importe que resulte de sumar las retenciones del Impuesto por rentas de cuarta y quinta categorías y los pagos a cuenta por rentas de cuarta categoría realizados por el ejercicio gravable hasta el mes anterior al de la presentación de la Solicitud, y el saldo a favor del contribuyente consignado en la declaración jurada anual del ejercicio gravable anterior siempre que dicho saldo no haya sido materia de devolución, sea igual o superior al Impuesto a la Renta que corresponda pagar de acuerdo a los ingresos proyectados.
  10. Un perceptor de rentas de cuarta categoría ha percibido dichas rentas a partir de noviembre del Ejercicio 2009 ¿en qué casos puede solicitar la suspensión de los pagos a cuenta y/o de las retenciones?
    En los siguientes casos:

    a) Cuando los ingresos que proyectan percibir en el ejercicio gravable por rentas de cuarta categoría o por rentas de cuarta y quinta categorías no superen el monto de S/.31 500.

    b) Tratándose de directores de empresas, síndicos, mandatarios, gestores de negocios, albaceas o similares, cuando los ingresos que proyectan percibir en el ejercicio gravable por rentas de cuarta categoría o por rentas de cuarta y quinta categorías no superen el monto de S/.25 200.
  11. Para determinar la renta neta de cuarta categoría ¿existe algún límite para efectos de aplicar la deducción del 20% a la renta bruta?
    Sí, el límite de la deducción del 20% de la renta bruta es de 24 UIT. Aplicando la UIT del 2010 que es S/.3 600, obtenemos el límite para el ejercicio gravable 2010:

    24 (X) S/.3 600 = S/.86 400
  12. El Libro de Ingresos y Gastos que está obligado a llevar el perceptor de rentas de cuarta categoría ¿qué información debe incluir?
    La siguiente información:

    a) Fecha de cobro, ingreso o puesta a disposición.
    b) Fecha de emisión del comprobante de pago que sustenta el servicio prestado.
    c) Inciso aplicable del artículo 33º de la Ley del Impuesto a la Renta.
    d) Serie del comprobante de pago emitido por el servicio prestado.
    e) Número del comprobante de pago emitido por el servicio prestado.
    f) Tipo de documento de identidad del usuario del servicio (según tabla 2).
    g) Número del documento de identidad del usuario del servicio.
    h) Apellidos y Nombres, Denominación o Razón Social del usuario del servicio.
    i) Monto de la renta bruta.
    j) Monto del Impuesto a la Renta retenido, de ser el caso.
    k) Monto de otras retenciones realizadas, de ser el caso.
    l) Monto cobrado, ingresado o puesto a disposición.
    m) Totales.
  13. Por el Ejercicio 2009 ¿Quiénes estaban obligados a presentar la Declaración Jurada Anual?
    De acuerdo a lo dispuesto por la Resolución de Superintendencia Nº 003-2010/SUNAT (08.01.2010), las personas naturales que hayan obtenido en el ejercicio gravable 2009, rentas de cuarta categoría que superen la suma de S/.31 063, se encuentran obligadas a presentar la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta. Para dicho efecto deberán sumar las casillas 107 y 108 del Formulario Virtual Nº 663.
  14. ¿Qué sanción se aplica al perceptor de rentas de cuarta categoría cuando ha omitido presentar la declaración mensual estando obligado a hacerlo?
    El contribuyente perceptor de rentas de cuarta categoría está obligado a presentar el PDT – Formulario Virtual Nº 616 cuando sus ingresos en el mes superen los S/.2 625. En caso de estar obligado a los Pagos a Cuenta se les deberá deducir las retenciones que le hubieran efectuado en dicho mes.

    Cabe precisar, que en el caso le hubieran efectuados retenciones, estarán obligados a presentar la declaración mensual cuando las retenciones que le hubieran efectuado no cubrieran la totalidades de dicho pago a cuenta.

    En caso de estar obligado a presentar la declaración mensual y no lo hiciera estaría incurso en la infracción tipificada en el numeral 1) del artículo 176º del Código Tributario, la cual es sancionada con una Multa equivalente a:

    Multa = 50% de la UIT
    Multa = 50% de S/.3 600
    Multa = S/.1 800

lunes, 4 de octubre de 2010

8 PREGUNTAS CLAVES PARA EMPRENDER

Un emprendedor debe plantear las condiciones necesarias para iniciar exitosamente una Pyme; un consultor experto resuelve las principales dudas que tienen los empresarios principiantes.

Es importante buscar asesoría y apoyo para iniciar tu propio negocio.

El emprendedor normalmente tiene su idea de negocio y va en busca de ella, sin embargo es conveniente hacer una reflexión en el camino y cuestionarse acerca de su capacidad emprendedora, sus fortalezas y debilidades, los apoyos que puede requerir y la facilidad para obtenerlos. El realizar este alto en el camino puede tener buenas repercusiones y facilitar la labor emprendedora.

Cuestiones básicas para el emprendedor
Si se es un emprendedor o bien se está en el inicio de la constitución de una pequeña o mediana empresa (Pyme), sería conveniente tener presente lo siguiente para que no todo quede en buenos deseos:

¿Cuál es la facilidad para iniciar un negocio?, ya que los trámites de acuerdo al giro del negocio en ocasiones son muy reiterativos y requieren múltiples visitas, papeleo y negociaciones.

¿Qué apoyos se necesitarían?, sería conveniente tener una atención integral de acuerdo al segmento de la empresa la cual se pueda ofrecer tanto en forma presencial como virtual, con lo que se desarrolla una nueva forma de vinculación entre los empresarios Pyme y el gobierno.

Dentro de los principales apoyos que una Pyme puede requerir se encuentran contar con campañas que fomenten el consumo de sus productos, apoyos a través de un subsidio al salario de las Pymes en crecimiento, capacitación, financiamiento adecuado y una articulación productiva que permita el acceso a los mercados.

Pero ¿todas las Pymes son iguales?, generalmente no es así, por ello, es conveniente buscar soluciones prácticas y concisas a través de diversos perfiles que permitan identificar problemáticas específicas que puedan catalogarse en un perfil empresarial determinado.

¿Se está tomando en cuenta la cultura de la región?, cada Pyme cuenta con la idiosincrasia de la región donde se ubica, por ello, considerar su cultura puede permitir estimular el consumo de productos y servicios de la localidad para fomentar la creación de nuevas PyMEs o asociaciones de ellas que produzcan y consuman los productos y servicios locales. Con ello se fomenta el consumo interno regional y el rescate de los sectores tradicionales que tienen mucho arraigo localmente.

¿Dónde se puede recibir atención y apoyo?, es preferible en un solo lugar, ya que es bien sabido que el empresario Pyme tiene que andar de un lugar a otro buscando realizar trámites, identificando oficinas y personas para encontrar un tipo de apoyo. Por ello el contar con un solo lugar de atención donde se ofrezcan soluciones prácticas y concisas es algo fundamental.

Lo ideal es el cambio del paradigma correspondiente a que el gobierno vaya a buscar a las empresas para ofrecerles servicios y no esperar a que estas vayan a solicitar apoyo, lo cual permita ofrecer asesorías directamente en el lugar donde lo requiere el empresario.

¿Se puede fabricar un empresario o se nace siéndolo?, esto se puede responder impulsando las aceleradoras de negocio, las incubadoras de empresas, así como las fábricas de empresarios que generen el desarrollo de nuevos procesos y nuevas tecnologías que permitan consolidar la competitividad de las Pymes a nivel global. Ahora está disponible el nuevo programa México Emprende que tiene como objetivo fortalecer al emprendedor y al empresario.

¿Cómo organizar el apoyo?, se puede decir que el apoyo integral a una Pyme puede darse en cinco vertientes: capacitación y asesoría técnica, financiamiento, articulación productiva, innovación y desarrollo tecnológico y acceso a mercados. Considerar estos factores tanto por el emprendedor como por la autoridad ayuda a obtener mejores beneficios.

¿Dónde establecer a la Pyme?, lo cual se puede realizar en parques industriales especialmente diseñados para este tipo de empresas, en donde se puedan ligar las incubadoras, las aceleradoras de negocios, el intercambio de servicios entre las Pymes (como un supermercado de productos y servicios).

Considerando todos estos factores, haga todo lo posible por que sus propósitos para su Pyme no se queden solo en buenos deseos, recuerde que una de las principales ventajas de ser pequeño o mediano empresario es la flexibilidad para enfrentar los retos.

Cuestiones adicionales al empresario
Una vez visualizado el panorama externo del emprendedor, cabe cuestionar su entorno inmediato, es decir, saber ¿cuáles serán los propósitos que el empresario debe tener para su empresa en el año?, ¿por dónde debe empezar?, ¿cuáles de todos los propósitos se pueden lograr?, ¿cuál va primero, cuáles le seguirán?, y también ¿cuáles de ellos se pueden realizar?, ¿cuáles objetivos están alineados con la misión de la empresa?, ¿cuáles pueden generar una ventaja competitiva?

La labor de un emprendedor es ardua, sin embargo los resultados positivos tras un buen análisis y solución de estas cuestiones, ayudan a que la empresa tenga éxito en el futuro.

sábado, 2 de octubre de 2010

EMPRENDEDORES PUEDEN CAMBIAR EL ROSTRO DEL PERU

Impresión. Premio nobel de la paz muhammad yunus trajo el negocio social, un concepto novedoso

Creador del banco de los pobres destaca nivel de cumplimiento que tienen

Abordó la pobreza como economista y banquero, obviando lo caritativo

“El Perú es un país lleno de personas creadoras y emprendedoras que pueden cambiar el rostro del país si lo desean y este modelo indudablemente es una herramienta válida”, sostuvo el premio Nobel de la Paz Muhammad Yunus durante su primera visita a nuestro país, invitado por el Centro Global para el Desarrollo y la Democracia. El destacado economista, nacido en Bangladesh y referente mundial en el tema de microcréditos para los más pobres, dijo sentirse muy entusiasmado de visitar el Perú y saber que existen experiencias surgidas en grupos de personas que tienen poco y que ahora gozan de reconocimiento.

“Quisiera organizar un joint venture con los empresarios peruanos. Este es un tema apasionante. Estoy seguro de que se puede hacer muchísimo aquí. Las empresas son sostenibles según este modelo de negocio social”, sostuvo enfático ante un concurrido auditorio integrado por grandes, pequeños y micro empresarios nacionales que se dieron cita en el hotel Los Delfines para conocer la revolucionaria propuesta de Yunus.

En 1976, miles de hombres y mujeres de Bangladesh estaban condenados a la muerte por los grandes niveles de hambruna que castigaba a dicho país. Yunus decidió observar esta situación de pobreza, pero no desde el punto de vista caritativo, sino como economista y banquero.

Entonces decidió crear el Grameen Bank o Banco de los Pobres, que ofrece microcréditos a los excluidos, menesterosos y hambrientos, además de pequeños préstamos a las mujeres y hombres emprendedores.

Confianza, el mayor valor
Yunus afirma que la mano de obra es lo único que poseen los pobres y que con un poco de apoyo financiero pueden obrar cambios importantes. Así, se dedicó a prestarles dinero a cambio de nada, únicamente la confianza.

“Muchos dicen que los pobres son pobres porque no saben hacer nada, no tienen habilidades, pero lo raro es que la gente más pobre tiene unas habilidades y creatividad extraordinarias”, enfatizó el banquero, graduado en la Universidad de Vanderbilt, Estados Unidos.

Señaló que los pobres hacen cosas maravillosas con sus manos; sin embargo, continúan siendo pobres.
“Se trata de un fracaso de la política, de las instituciones. Lo que podemos hacer es crear instituciones financieras que apoyen a estas personas para que nunca se queden sin trabajo”, recomendó.

Negocio social
1 El Banco de los Pobres tiene 8.3 millones de clientes, de los que el 97% son mujeres, quienes a su vez son propietarias de la entidad financiera.

2 Cada mes presta 100 millones de dólares en microcréditos del orden de los 300 dólares por persona. La institución no recibe dinero del gobierno ni de organismos, procede del movimiento que generan los préstamos a sus clientes.

3 El banco orienta su quehacer a la solución de los problemas de las poblaciones más pobres. Para eso crearon diversas empresas.

4 El Banco de los Pobres tiene sedes en Costa Rica, Guatemala, México, Colombia, Estados Unidos y pronto en Brasil.

Nuevo rostro económico
El Perú demuestra una enorme capacidad emprendedora. Una capacidad que está redibujando el rostro económico y social de Lima y del Perú. Hasta el momento, nadie ha podido establecer cuál es la contribución de los pequeños y microempresarios al crecimiento de nuestras economías, pero sí sabemos que el 80% de las empresas en el Perú son micro y pequeñas empresas, intensivas en mano de obra, que generan trabajo.

Sabemos que existe una noción instintiva de hacer empresa, pero que a veces se tropieza con la dificultad de no tener acceso al crédito. Más del 96% de los créditos que se colocan en las micro y pequeñas empresas son pagados con puntualidad. La tasa de morosidad es casi inexistente.

viernes, 1 de octubre de 2010

VENTAJAS DE MARKETING PERSONAL

Atención. Ni una buena ropa ni el maquillaje perfecto ni las marcas más caras hacen magia o milagros

Existe un contenido más profundo para destacar nuestras cualidades

El marketing encamina hacia el desarrollo profesional deseado

Imaginemos solo por un momento tener la facultad de saber exactamente lo que piensa sobre usted su jefe o el gerente general de su empresa y entre otras perlas, sobre su futuro.

Ya casi nos parece oírlo decir: “Este tigre sí que tiene madera para un ascenso”. Espectacular, ¿verdad? Ahora bien, después de la emoción, la pregunta del millón sería: ¿y a qué madera se referirá exactamente?, ¿serán sus sólidos conocimientos técnicos sumados a su “carisma y simpatía”?

La respuesta más probable y fácil sería: debe ser todo junto, pues. Sin embargo, una interrogante algo ácida pero realista sería: ¿acaso no conocemos montones de colaboradores con marcada competencia técnica, con una experiencia digna de un peso pesado y un trato más que amable que, sin embargo, se encuentran estancados en un mismo puesto?

En efecto, estamos rodeados de excelentes personas y buenos profesionales en situaciones que no logran cambiar por más que hacen “bien las cosas”.
Para la gerente de desarrollo en Marketing Personal y Profesional, Annie Basetti, este prototipo al que hacemos referencia podría adolecer de una adecuada gestión de su marketing personal y, específicamente, de su imagen profesional.

“Es cierto, suena poco menos que sacrílego colocarnos a nivel de un producto o servicio que requiere ser marketeado. Sin embargo, la verdad es que en cierto sentido sí que lo somos, tanto así que tenemos un valor de mercado de acuerdo con nuestras competencias, trayectoria, logros académicos y cualidades propias”, aseguró.

Diferencias
Para Basetti, es el momento de rayar la cancha y diferenciar al verdadero marketing personal y, dentro del mismo, al marketing profesional como una de sus principales áreas.
“No hablamos de unos cuantos retoques cosméticos a la imagen externa del individuo ni del fiel cumplimiento a las reglas de la etiqueta; tampoco a aquella personalidad insufrible que se adjudica méritos propios y ajenos constantemente”, precisó.

Agregó que un excelente producto necesita un empaque acorde con su contenido. “No obstante, ni una buena ropa ni el maquillaje perfecto ni las marcas más caras hacen ni magia ni milagros. Hay mucho más, nuestro manejo en las diferentes esferas o dimensiones de la vida nos rodean como el envase tetra pack de nuestro lácteo favorito y proyectan mensajes que cada persona decodifica por su cuenta y riesgo.”
En ese sentido, la especialista aseveró que existe un contenido mucho más profundo en el que se requiere lograr destacar conveniente e inteligentemente nuestras mejores cualidades.

“Nos referimos a las habilidades que permiten que una persona use todos sus recursos al máximo de su capacidad y de manera coherente en su interrelación con el mundo que lo rodea, de manera que sus mensajes estén alineados con sus objetivos”, apuntó.
Asimismo, dijo, el marketing profesional, como parte del marketing personal, permite trazar un camino hacia el desarrollo profesional deseado y hacerlo realidad. “Si las personas claves perciben la buena madera de la que estamos hechos, nuestra mercadotecnia personal fue la adecuada.”

Recomendaciones
1 Regular nuestra visibilidad. Ni tanta que saturemos o ni tan poca que parezca que no estamos.

2 Estudiar los mensajes silenciosos: ¿qué expreso cuando escucho a los demás?, ¿cuando estoy en una reunión? o ¿cuando atiendo una llamada?

3 Hacer un plan de marketing personal basado en un diagnóstico propio y realista.

4 Revisar los nudos críticos que podrían haber en la imagen que generamos en nuestros superiores, pares o y colaboradores a cargo. Los mensajes pueden estar llegando con efectividad a uno u otro sector, pero no necesariamente a todos.